Que debe hacer para casarse en Colombia.
Nacidos en Colombia y extranjeros
Que deben hacer extranjeros y colombianos que se quieren casar en Colombia
Antes de comenzar tenga en cuenta lo siguiente:
- Aunque se tenga planeado hacer un matrimonio por la iglesia, la legislación colombiana exige que se realice primero un matrimonio civil.
- Un extranjero no necesita la nacionalidad para casarse en Colombia.
- Todo matrimonio civil efectuado en el territorio nacional es un contrato y debe ser realizado por un notario.
Los Colombianos deben aportar los siguientes documentos:
Fotocopia ampliada de la cédula de ciudadanía.
Fotocopia autentica del registro civil de nacimiento (con término de un mes de vigencia).
Si tiene hijos, debe realizar ante un notario, inventario solemne de bienes para proteger el patrimonio de los menores, por lo tanto tenga en cuenta que, si tiene hijos menores debe aportar con la solicitud de matrimonio, la escritura del inventario solemne de bienes y de ser mayores de edad, solo debe aportar el registro civil de nacimiento de estos.
Si son segundas nupcias, debe anexar el registro civil de nacimiento del cónyuge anterior, en el cual debe estar la anotación de divorcio y liquidación de la sociedad conyugal, si este falleció debe aportar solamente el registro civil de defunción.
Recuerde que los registros civiles de nacimiento son documentos públicos por lo tanto cualquier persona esta autorizada para solicitarlos ante el respectivo notario o registrador que lo haya realizado.
El Extranjero debe aportar los siguientes documentos:
Copia del registro civil de nacimiento. Si no está en español ésta debe ser traducida y apostillada.
Certificado de soltería o equivalente. Si no está en español ésta debe ser traducida y apostillada.
Copia autentica de documento de identificación. (Pasaporte, visa válida, cédula de extranjería, carné que expide la dirección de protocolo ó permiso de ingreso.
Recuerde que el documento de identificación que decida utilizar, debe estar vigente cuando solicité el matrimonio.
Los futuros cónyuges deben realizar una solicitud escrita, en la que manifiesten su deseo de unirse en matrimonio, este documento debe incluir:
- Nombres, apellidos, documentos de identidad, lugar de nacimiento, edad, ocupación y domicilio de los contrayentes.
- Deben manifestar que no tienen impedimento legal para celebrar el matrimonio civil.
- Deben manifestar que es de su libre y espontánea voluntad unirse en matrimonio.
Los anteriores documentos deben ser entregados en la notaría de su preferencia.
Luego de ser estudiada la solicitud así como los anexos, el notario fijará un edicto en la secretaria de la Notaría, por el término de cinco (5) días hábiles; en el que incluirá el nombre completo, documento de identidad, lugar de nacimiento y domicilio de loscontrayentes. Esto, para informar a quien pueda interesar del acto que se va a llevar a cabo; con el fin de que quien lo considere tenga la facultad de impedir la realización del matrimonio civil, siempre que se cumpla alguna de las causas y se acredite con las pruebas pertinentes.
Para perfeccionar el matrimonio, se fijará una fecha en la que se otorga y autoriza la escritura pública. A esta audiencia deberán asistir los contrayentes o sus apoderados, en todo caso deberá estar presente al menos uno de los interesados.
El notario, por cuenta de los contrayentes, comunicara a las entidades respectivas para que procedan a realizar a anotación en el registro civil de nacimiento.
Causas que permiten impedir un matrimonio en Colombia.
- Existe un matrimonio anterior vigente, no resuelto de uno o los dos
- solicitantes.
- Incapacidad absoluta por no encontrarse con plenas facultades mentales.
- Parentesco entre los novios.
En caso de que alguno de los contrayentes no pueda estar presente personalmente:
Debe otorgar poder especial, ante notario o funcionario equivalente en su país, para presentar la solicitud y allegar la documentación, así mismo dentro del texto del poder expresar que es soltero(a) y no tiene hijos e indicar si también se otorga el poder para la celebración del matrimonio. Es muy importante indicar el nombre del varón o mujer con quien ha de celebrarse el matrimonio.
Importante: Si el extranjero otorga poder para que lo representen en la celebración del matrimonio, es decir, no viene al país, no se requiere ninguno de los documentos de identificación arriba señalados, por lo tanto el poder puede ser otorgado ante la competente autoridad extranjera, identificándose con el documento idóneo en ese país u otorgarlo ante Cónsul Colombiano en el exterior.
Por: Rosa Helena Cuesta. Abogada Titulada UCC.
Rosaconsultasjuridicas@gmail.com